El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha dado luz verde al decreto que regula el calendario laboral para el año 2027, que incluirá un total de 14 días festivos. De estos, dos serán de carácter local y serán determinados por cada ayuntamiento, en línea con lo que establece el Estatuto de los Trabajadores. La responsabilidad de definir el calendario de festivos no laborables recae en el Consejo de Gobierno, aunque este tema se somete a consulta con los grupos parlamentarios presentes en la Asamblea de Madrid, así como con diversas entidades e instituciones económicas y sociales representativas de la comunidad.
El decreto aprobado será enviado al Estado junto con las 12 fechas fijas, a las que cada municipio podrá añadir sus propias festividades. Cabe destacar que el 2 de mayo seguirá siendo reconocido como Fiesta de la Comunidad de Madrid, aunque no aparecerá en el calendario oficial de 2027, dado que ese día caerá en domingo.
Las festividades laborales de la Comunidad de Madrid para el año 2027 son las siguientes: el 1 de enero, que corresponde a Año Nuevo, caerá en viernes; el 6 de enero, que celebra la Epifanía del Señor, será miércoles; el 19 de marzo, en viernes, se conmemora San José; el 25 de marzo es Jueves Santo; el 26 de marzo, Viernes Santo; el 1 de mayo, Fiesta del Trabajo, será sábado; el 16 de agosto, traslado de la Asunción de la Virgen, se celebrará en lunes; el 12 de octubre, Fiesta Nacional de España, caerá en martes; el 1 de noviembre, Día de Todos los Santos, será lunes; el 6 de diciembre, Día de la Constitución Española, se conmemorará en lunes; el 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción, será miércoles; y el 25 de diciembre, Natividad del Señor, caerá en sábado.
Foto: @Comunidad de Madrid
















































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